El pasado 13 de Diciembre del 2014 entró en vigor el Reglamento Europeo 1169/2011 que regula la información alimentaria facilitada al consumidor.
Ésta Nueva Normativa, entre otras cosas, obliga a todos los Empresari@s de Hostelería a informar en la Carta o en los Soportes que utilice, la presencia de cualquiera de los 14 Alérgenos de declaración obligatoria en sus Platos o Productos, algo que hasta ahora no era necesario.
Ésta Norma afecta a todos los Establecimientos de Comida, ( Bares, Restaurantes, Comida para llevar, etc…), obligándolos a informar los Consumidores sobre las Sustancias Alérgicas contenidas en los Alimentos.
La presencia no declarada de un Alérgeno se considerará un Peligro de Intoxicación Alimentaria y deriva en Responsabilidades Penales para el establecimiento. Así pues las Empresas que no cumplan con las Técnicas de Autocontrol en materia de Seguridad Alimentaria se enfrentan a Sanciones de 5000 a 6000 €
LISTA DE ALÉRGENOS
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Hola ne interesa todo lo relacionado a este punto de alergias ... GRACIAS DE ANTEMANO...
Hola Gris
me alegra haberte ayudado un poquito
un saludo
guille